(ME DA A LA NARIZ QUE AL GALLITO VAN A BAJARLE LOS HUMOS)
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) resolvió absolver al ex presidente de la Cámara vasca, Juan María Atutxa (PNV), y a Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (EBB), quienes eran miembros de la Mesa del Parlamento de Vitoria cuando se suscitaron los hechos, del delito de desobediencia que se les imputaba a los tres por haberse negado a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, tal y como así hizo el presidente del Parlamento navarro, cumpliendo de inmediato y a rajatabla lo ordenado por la Sala Especial del Tribunal Supremo (TS), tras haber ilegalizado dicho tribunal (a) Batasuna.
Los tres encausados se negaron en redondo a ejecutar la resolución antedicha aduciendo que el reglamento de la Cámara vitoriana no contemplaba el caso posible o probable de la disolución de un grupo parlamentario; o sea, que hicieron oídos sordos a lo exigido, echando en saco roto lo que el TS les ordenó hasta dos veces que cumplieran ipso facto.
Aunque la juez instructora del affaire se pronunció a favor de sobreseerlo, la acusación particular del sindicato “Manos Limpias” consiguió que se sentaran en el “banquillo de los acusados” los tres susomentados.
El fallo de ayer, recurrible ante la Sala Segunda, de lo Penal, del TS, se decanta por la absolución de los encausados, sin entrar a valorar el fondo del asunto o el meollo de la cuestión principal, pues argumenta equivocadamente, según el criterio que sostiene el menda lerenda, que los tres acusados obraron de esa guisa en el ejercicio de las atribuciones que tenían asignadas en tanto en cuanto diputados vascos que eran, quiero decir, en el uso de sus funciones parlamentarias; y es que todo ello está amparado por la inviolabilidad que les confiere o procura el Estatuto vasco. Concretamente, en su artículo 26, se puede leer que “los miembros del Parlamento vasco serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo”.
Somos bastantes (que no bastos) quienes entendemos que negarse, como hicieron los tres imputados, a ejecutar una sentencia no entra en el ámbito de los votos ni en el de las opiniones. Lo verdaderamente importante del caso es si los tres obedecieron o desobedecieron al TS. Se decidieron por esto último; pues que cada palo aguante su vela y se atenga a las consecuencias. En un Estado de Derecho nadie está por encima de la Ley; y todos los ciudadanos estamos obligados a acatar lo que manden los tribunales. Para los dotados de memoria frágil u olvidadizos, acaso convenga recordar y no huelgue traer a colación lo que dice el artículo 9 de nuestra Carta Magna, que “los poderes públicos están sometidos al ordenamiento jurídico”.
Según mi parecer, perspectiva o punto de vista, el fallo del TSJPV es corolario de una interpretación coja, manca y tuerta del imperio de la Ley; y daña el principio de igualdad, privilegiando a unos cuantos, pocos; todo lo cual es una barbaridad sin igual y un absurdo ídem, impar, de tomo y lomo.
Considerando (y hasta comprendiendo en parte) las palabras gruesas que esta mañana ha proferido o soltado por la mui el señor Atutxa (me da a la nariz que al gallito, más pronto que tarde, van a bajarle los humos), cabe admirarse: ¡menos mal que todavía queda la instancia superior del TS! Porque urge poner cuanto antes un poco de concierto, un ápice de orden y una pizca de sensatez en todo este procedimiento.
Ángel Sáez García
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) resolvió absolver al ex presidente de la Cámara vasca, Juan María Atutxa (PNV), y a Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (EBB), quienes eran miembros de la Mesa del Parlamento de Vitoria cuando se suscitaron los hechos, del delito de desobediencia que se les imputaba a los tres por haberse negado a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, tal y como así hizo el presidente del Parlamento navarro, cumpliendo de inmediato y a rajatabla lo ordenado por la Sala Especial del Tribunal Supremo (TS), tras haber ilegalizado dicho tribunal (a) Batasuna.
Los tres encausados se negaron en redondo a ejecutar la resolución antedicha aduciendo que el reglamento de la Cámara vitoriana no contemplaba el caso posible o probable de la disolución de un grupo parlamentario; o sea, que hicieron oídos sordos a lo exigido, echando en saco roto lo que el TS les ordenó hasta dos veces que cumplieran ipso facto.
Aunque la juez instructora del affaire se pronunció a favor de sobreseerlo, la acusación particular del sindicato “Manos Limpias” consiguió que se sentaran en el “banquillo de los acusados” los tres susomentados.
El fallo de ayer, recurrible ante la Sala Segunda, de lo Penal, del TS, se decanta por la absolución de los encausados, sin entrar a valorar el fondo del asunto o el meollo de la cuestión principal, pues argumenta equivocadamente, según el criterio que sostiene el menda lerenda, que los tres acusados obraron de esa guisa en el ejercicio de las atribuciones que tenían asignadas en tanto en cuanto diputados vascos que eran, quiero decir, en el uso de sus funciones parlamentarias; y es que todo ello está amparado por la inviolabilidad que les confiere o procura el Estatuto vasco. Concretamente, en su artículo 26, se puede leer que “los miembros del Parlamento vasco serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo”.
Somos bastantes (que no bastos) quienes entendemos que negarse, como hicieron los tres imputados, a ejecutar una sentencia no entra en el ámbito de los votos ni en el de las opiniones. Lo verdaderamente importante del caso es si los tres obedecieron o desobedecieron al TS. Se decidieron por esto último; pues que cada palo aguante su vela y se atenga a las consecuencias. En un Estado de Derecho nadie está por encima de la Ley; y todos los ciudadanos estamos obligados a acatar lo que manden los tribunales. Para los dotados de memoria frágil u olvidadizos, acaso convenga recordar y no huelgue traer a colación lo que dice el artículo 9 de nuestra Carta Magna, que “los poderes públicos están sometidos al ordenamiento jurídico”.
Según mi parecer, perspectiva o punto de vista, el fallo del TSJPV es corolario de una interpretación coja, manca y tuerta del imperio de la Ley; y daña el principio de igualdad, privilegiando a unos cuantos, pocos; todo lo cual es una barbaridad sin igual y un absurdo ídem, impar, de tomo y lomo.
Considerando (y hasta comprendiendo en parte) las palabras gruesas que esta mañana ha proferido o soltado por la mui el señor Atutxa (me da a la nariz que al gallito, más pronto que tarde, van a bajarle los humos), cabe admirarse: ¡menos mal que todavía queda la instancia superior del TS! Porque urge poner cuanto antes un poco de concierto, un ápice de orden y una pizca de sensatez en todo este procedimiento.
Ángel Sáez García