Al Consejo Audiovisual de Catalunya (CAC) el menda lerenda acaba de encontrarle una segunda “A” (para emparejarla con la suelta “C”), sigla o pata que le faltaba a la silla estilo “Generalísimo” de que, sin hesitación, se trataba, pues, desde hoy, aquí y ahora, “Otramotro” toma al citado organismo por lo que es, un ente anacrónico, una antigualla, quiero decir que algunas de sus atribuciones (las acéfalas y ápodas) están fuera de tiempo y lugar; en definitiva, una ucronía y una utopía, sin duda.
El informe que sobre la COPE ha remitido el CAC al Govern de la Generalitat de Catalunya puede decir misa o Pamplona, porque devendrá agua de borrajas o cerrajas, o sea, deparará un cerrojazo o sobreseimiento (y no miento) de la causa.
A quienes idearon y dotaron de competencias al CAC tal vez les convenga releer (por si lo han olvidado) lo que dice la Constitución Española (CE) de 1978 en su artículo 81.1; más que nada para que adviertan y comprueben hasta qué punto se puede meter la gamba: hasta el mismísimo corvejón.
Con una actitud ¿independiente o inquisitorial?, dejémoslo en paniaguada, los redactores arbitrarios del CAC transcriben literalmente grabaciones sacadas de programas de Federico Jiménez Losantos y de César Vidal, pero extraen corolarios que sólo con pésima fe cabe inferir de las afirmaciones hechas (algunas, ciertamente, torticeras). Quien se ha impuesto voluntariamente la tarea de ojear el susodicho informe ha sentido a ratos bascas (por los “hunos”), a ratos bochorno (por los “hotros”), pues ha tenido la renuente impresión de que los miembros del CAC pretendían colar como verdaderos algunos razonamientos que sólo cabe reputar sofismas o trampantojos.
Tiempo al tiempo, pero cuando se conozca la resolución que adopte el Tribunal Constitucional (TC), que deberá conocer del asunto en cuestión y pronunciarse al respecto, el órgano político-policial-administrativo dejará de ser lo que es (se derrumbará cual castillo de naipes), al menos, dejará de tener las competencias que tiene.
El Gobierno de la Nación hizo bien, o sea, acertó (pues dio de lleno en el centro o blanco de la diana) al desmarcarse (porque el CAC no puede ejercer de “tribunal”) ayer de la teratológica (sin pies ni cabeza) ley Audiovisual que permitiría a la Generalitat de Catalunya clausurar una emisora de radio o televisión si estimara que no difunde información veraz.
Ángel Sáez García
El informe que sobre la COPE ha remitido el CAC al Govern de la Generalitat de Catalunya puede decir misa o Pamplona, porque devendrá agua de borrajas o cerrajas, o sea, deparará un cerrojazo o sobreseimiento (y no miento) de la causa.
A quienes idearon y dotaron de competencias al CAC tal vez les convenga releer (por si lo han olvidado) lo que dice la Constitución Española (CE) de 1978 en su artículo 81.1; más que nada para que adviertan y comprueben hasta qué punto se puede meter la gamba: hasta el mismísimo corvejón.
Con una actitud ¿independiente o inquisitorial?, dejémoslo en paniaguada, los redactores arbitrarios del CAC transcriben literalmente grabaciones sacadas de programas de Federico Jiménez Losantos y de César Vidal, pero extraen corolarios que sólo con pésima fe cabe inferir de las afirmaciones hechas (algunas, ciertamente, torticeras). Quien se ha impuesto voluntariamente la tarea de ojear el susodicho informe ha sentido a ratos bascas (por los “hunos”), a ratos bochorno (por los “hotros”), pues ha tenido la renuente impresión de que los miembros del CAC pretendían colar como verdaderos algunos razonamientos que sólo cabe reputar sofismas o trampantojos.
Tiempo al tiempo, pero cuando se conozca la resolución que adopte el Tribunal Constitucional (TC), que deberá conocer del asunto en cuestión y pronunciarse al respecto, el órgano político-policial-administrativo dejará de ser lo que es (se derrumbará cual castillo de naipes), al menos, dejará de tener las competencias que tiene.
El Gobierno de la Nación hizo bien, o sea, acertó (pues dio de lleno en el centro o blanco de la diana) al desmarcarse (porque el CAC no puede ejercer de “tribunal”) ayer de la teratológica (sin pies ni cabeza) ley Audiovisual que permitiría a la Generalitat de Catalunya clausurar una emisora de radio o televisión si estimara que no difunde información veraz.
Ángel Sáez García