Colaboraciones

FINANCIACIÓN SINDICAL





Uno de los secretos mejor guardados desde el comienzo de la transición política ha sido la financiación de las organizaciones sindicales. Todo, según nos cuentan, para “garantizar la libertad sindical” proclamada en el artículo 28.1 de nuestra Constitución.

Hay una parte de financiación conocida: el Ministerio de Trabajo financia a las centrales sindicales, en 2009, con 15.798.500 euros para la financiación basada en la representatividad, según los delegados obtenidos en elecciones sindicales y con destino vago e indeterminado: actividades de carácter sindical, y con otros 4.800790 euros, que se destinan a “compensación económica por participación de centrales sindicales y organizaciones empresariales en los órganos consultivos centrales y territoriales del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de sus organismos autónomos y de las entidades gestoras de la Seguridad Social”. ¡Genial!

Pero, hete aquí que estos 20 milloncejos son tan sólo una puntita de la parte visible del iceberg. Tan bajísimo es el grado de afiliación en España (cuentan con un millón largo de trabajadores afiliados ¡según sus propios datos!), que los sindicatos se “buscan” sus recursos en otras subvenciones, al margen de las de su representatividad (obviando que dicha condición se adquiere con el 10% del resultado electoral en las centrales de ámbito nacional), en función de otros conceptos como sus funciones consultivas o con el sufragio de actividades como la formación profesional.

Esos sindicatos a cuyos dirigentes se les llena la boca exigiendo transparencia a todo el mundo (empresarios, organismos oficiales, instituciones, etc.), llevan, sin embargo, más de 30 años ocultando sus finanzas, incluso en la parte de recursos que proceden del erario público, a través de las distintas administraciones descentralizadas del Estado.

La complejidad organizativa de los sindicatos con respecto a la estructura administrativa del Estado, de las Comunidades autónomas y de los Ayuntamientos, hacen poco menos que imposible ni tan siquiera aproximar la cifra de dinero que manejan. No olvidemos que se trata de más de 8.000 municipios, 17 comunidades autónomas y la Administración Central del Estado, y que todos, a cual más, son pródigos contribuyentes a estas organizaciones.

Por otra parte, otro pilar de la financiación actual de los sindicatos es a través de las empresas. Las grandes empresas, sobre todo, mantienen una gran parte del aparato burocrático de los sindicatos «liberados» por las llamadas «horas sindicales» que se consumen fuera de la propia empresa ante la tolerancia interesada de la patronal.

Hasta tal punto llegan en su descaro y avaricia que hay ejemplos tan vergonzantes como cuando en 1990, CCOO y UGT firmaron el III Convenio con la Administración y alcanzaron un pacto complementario, no publicado en el BOE, que reconocía a estos sindicatos una subvención de 1 millón de pesetas
anuales. En junio de 1991, el acuerdo fue denunciado a la Audiencia Nacional por otra central, USO. La sentencia obligó a anular la subvención pactada por ambas centrales.

Y además, súmenle, al enorme agujero negro que venimos descubriendo, las subvenciones encubiertas, entre las que destacan, por su importancia, los fondos destinados a los cursos de formación que manejan un presupuesto de 800 millones de euros. Sólo en concepto de “formación intersectorial”, CCOO y UGT recibirán este año 21.083.110,63 euros, y en la “formación sectorializada” los sindicatos percibirán 172.667.675,5 euros (83.461.408,7 euros para CCOO, 85.025.943 para UGT, y otros 4.184.000 euros para el resto de sindicatos).

Pero, por si todo lo antedicho fuese poco, está el tema de los patrimonios sindicales. Los hay de dos tipos: el acumulado y el histórico.

El régimen de Franco instauró la Organización Nacional-sindicalista, de afiliación obligatoria, que fue acumulando un importante patrimonio. El uso y disfrute de los bienes que integran ese patrimonio se halla hoy cedido de manera gratuita a los sindicatos en virtud de la Ley 4/1986 de 8 de enero, de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado.

La citada Ley fue modificada por el Real Decreto Ley 13/2005, que introdujo importantes elementos de flexibilidad. La ley exigía que los bienes a restituir hubiesen sido incautados en su día y hubiesen pertenecido a las organizaciones reclamantes, o sus entes de carácter sindical afiliados o asociados, debiendo restituir o abonar el valor de mercado a fecha 14 de enero de 1986 de esos bienes y sin que hubiese un plazo para reclamarlos.

Bien… pues el Real Decreto Ley elimina la exigencia de que los bienes hubieren sido “incautados”, entiende aceptable que hubiesen pertenecido a cualesquiera personas jurídicas (aunque no fuesen de naturaleza sindical) afiliadas, asociadas o simplemente vinculadas a la organización sindical reclamante, y además añadió intereses desde el 14 de enero de 1986, fijando como fecha límite para la reclamación del patrimonio sindical histórico el 31 de enero de 2006.

La distribución de los bienes del patrimonio sindical acumulado, entre ellos numerosos inmuebles, se llevó a cabo por una Comisión Consultiva tripartita con doce miembros representando a la Administración, otros tantos a las organizaciones empresariales, seis a los sindicatos mayoritarios y seis a los minoritarios. El resultado ha sido que los grandes sindicatos se han apoyado en los otros grupos de interés, dejando a los minoritarios huérfanos de ningún poder de influencia en la Comisión. Así, en ámbitos territoriales de fuerte
implantación de ciertos sindicatos, caso de ELA-STV en el País Vasco, CCOO y UGT se han quedado con 2,5 veces más metros cuadrados de inmuebles que lo que les correspondería a su representatividad.

Como resultado, y por acuerdo del Consejo de Ministros de de 24 de noviembre de 2006, UGT ha recibido un total, intereses incluidos, de 149.420.000 € y la titularidad de 26 inmuebles. “Casualmente” una cifra aproximada (exactamente 212.540 € menos) a lo que UGT le debía al ICO como resultado de haber sido
declarada responsable civil subsidiaria por los fraudes de la PSV (Sociedad Cooperativa de Promoción Social de Viviendas) y de la IGS (Iniciativas de Gestión y Servicios Urbanos).

Y no era la primera vez que UGT cobraba una compensación financiera con cargo al patrimonio histórico incautado tras la Guerra Civil. En los años ochenta el Gobierno de González les había entregado 4.144 millones de pesetas (unos 25 millones de euros) por los bienes solicitados por el sindicato y cuya propiedad
estaba acreditada.

Estas formas de financiación, no cabe duda que tienen relación directa con la burocratización y corrupción en los aparatos sindicales; pero, sobre todo, es un arma poderosa «de quienes pagan» para hacer valer sus derechos en los “momentos decisivos”, o para tener siempre moneda de cambio en las negociaciones.

¿Cuántas reconversiones o rebajas salariales tendrán como base una buena dosis de cursillos de formación?, ¿cuántos convenios se habrán cerrado con más “horas sindicales”?, ¿cuántos Pactos tendrán relación con el Patrimonio Sindical?

Pero a pesar de este volumen económico, no existe aún una ley que regule la financiación sindical; una situación similar a la de los partidos políticos.

El problema es que la financiación mediante subvención viene a ser lo mismo que un impuesto a pagar entre todos (incluidos pensionistas, empresarios o trabajadores que no se benefician, ni es previsible que vayan a beneficiar, de la labor de los sindicatos).

Ahora bien… debemos tomar conciencia de que este impuesto lo pagamos en cualquier caso, pero facilitamos la tarea del Gobierno si no marcamos ninguna casilla en nuestra declaración, y permitimos que el dinero no se destine a la Iglesia y a fines sociales, y vaya, por el contrario, directamente a los Presupuestos Generales del Estado. Es decir, si no marcas las casillas de asignación a la Iglesia y a fines sociales, tu asignación se imputará a los Presupuestos Generales del Estado y, por tanto, estarás delegando en el Estado la decisión sobre el destino de este dinero. ¡Y con Zapatero gobernando!

Para quien lo desconozca, decir que en la declaración de la renta de cada cual, se pueden señalar dos opciones: 1) destinar el 0'7% del IRPF a la realización de programas que desarrollan las entidades sociales y Organizaciones no Gubernamentales (ONG) que se dedican a trabajar en el ámbito de la acción social; y 2) optar por el sostenimiento económico de la Iglesia Católica.

Una no excluye a la otra. Se pueden marcar con equis las dos opciones, y el dinero de la Iglesia irá a la Iglesia íntegramente, y una cantidad igual del dinero recaudado en el otro concepto se repartirá por la Administración Central en un 80% entre las entidades de carácter social para cofinanciar programas o proyectos concretos de las ONG (no sus estructuras o funcionamiento). En concreto se destina a personas mayores (25%), personas con discapacidad (22%), infancia y familia (11%), inmigrantes y asilo político
(8%), mujeres (7%), jóvenes (7%), programas de inclusión social (6%), drogodependencia (4%), promoción de voluntariado (4%), y el resto (6%) repartido en menos de un 3% entre SIDA, reclusas o ex-reclusas, y pueblo gitano. Y el 20% restante lo distribuye el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional, cuyo destino va dirigido a proyectos de cooperación en países en desarrollo.

En conjunto, marcando ambas opciones, además de favorecer la intensa labor social de la iglesia, estamos aportando además para Fines Sociales, sumando la mejora de las condiciones de vida de unos 5 millones de personas más.

En mi opinión es conveniente marcar ambas opciones. La Iglesia recibirá su 0,7%, y las partidas sociales tendrán su otro 0,7%. En ningún caso se dejará que este dinero esté a cargo de los Presupuestos Generales del Estado para libre disposición de este malhadado Gobierno que nos desgobierna.

Albatros

- -
Domingo, 27 de Diciembre 2009
Artículo leído 9062 veces

También en esta sección: