Voto en Blanco
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LA LEY ESPAÑOLA ESTAFA A LOS QUE VOTAN EN BLANCO


Nota

Las leyes españolas estafan a los que votan en blanco y tergiversan malintencionadamente el sentido de ese voto emitido, lo que constituye una violación grave de la limpieza democrática. Los votos en blanco benefician en España a los partidos mayoritarios, lo que constituye una auténtica estafa, ya que no es esa la intención de los que depositan ese voto en las urnas. Para explicar el tratamiento vergonzoso del Voto en Blanco en la legislación española, transcribo un texto de gran lucidez, del profesor universitario Juan Jesús Mora Molina, que aclara la estafa vigente.
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LA LEY ESPAÑOLA ESTAFA A LOS QUE VOTAN EN BLANCO
Una de las grandes paradojas con la que podemos toparnos en la clasificación de los distintos tipos de sufragios radica en la peculiaridad de que un voto sea válido aun cuando no sirva para adjudicar representantes. A partir de la promulgación de la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, para la mejora del procedimiento electoral (BOE 63, jueves 14 de marzo, 1991, p. 8.428), en el apartado 28 de su artículo único, para el art. 96.5 de la LOREG se estipula que: “Se considera voto en blanco, pero válido, el sobre que no contenga papeleta […]” Esto significa que es un voto escrutable pero no computable a efectos de representación, de acuerdo con el tenor del art 163.1. de la LOREG. La incoherencia, o si se quiere la inconsistencia, anida en que sí sea admisible su utilización para el computo de la barrera electoral en cada circunscripción. Estamos ante una contradictio in terminis. ¿Cómo un sufragio que no puede ser computable es contabilizado a otros efectos que sí van a influir en la limitación de la representación?

Por consiguiente, se debería modificar el apartado 1.a del art. 163 de la LOREG con la especificación de que los votos válidos para el cálculo de la barrera electoral no incluyen la aportación del porcentaje de votos en blanco hallado en el escrutinio.

Nuestro Tribunal Constitucional se pronunció a tales efectos, subrayando que el computo del voto en blanco no suponía vulneración del art 23 CE, ya que votar en blanco supone “una legítima opción política de participación en el proceso electoral” 15. Es cierto que el voto en blanco es una opción política de participación en el proceso electoral,… como lo es el voto nulo. Y no lo es menos que el Legislador distingue las figuras de los votos en blanco y nulo. Sin embargo, el Legislador no da razones por las que el voto en blanco sí haya de computar y no el voto nulo, cuando el objetivo de ambos es compartido: manifestar disconformidad con el sistema político en sí mismo o con las opciones políticas en verdadera competencia electoral. Digamos que son fórmulas de “abstención activa” en la que no existe intención de elegir pero sí de ejercer el derecho de sufragio con una finalidad no adjudicativa.

De acuerdo con dicha sentencia del Tribunal Constitucional, aquellos electores que voten en blanco, en realidad, lo que están haciendo —de manera no voluntaria— no es otra cosa que diezmar las posibilidades de terceras formaciones a las que ni siquiera han tenido en cuenta a la hora de formar su decisión, beneficiando de forma muy apreciable a aquellas a las que en verdad sí han decidido castigar. Es más, esta contradicción se hace más patente al garantizar el derecho de sufragio, como voto en blanco, pero se adultera la voluntad de los electores mediante un impacto indebido a la hora de determinar el acceso al prorrateo 16. En efecto, al ser el voto en blanco un sufragio in se válido, si asumimos que una de las inferencias extraíbles es la de que el no cómputo de un voto válido comporta la negación del ejercicio y de la efectividad del derecho de sufragio, entonces nos enfrentaríamos a un auténtico sinsentido, ya que no se niega el ejercicio pero sí se tergiversa la voluntad del votante, al ser blandido su sufragio (un acto libre mediado por una precedente conformación de voluntad con una orientación específica) para objetivos no intencionados por medio de un dispositivo de ingeniería electoral bastante recóndito. Esto es tanto como suprimir e invalidar la conformación de esa voluntad, esto es, la preferencia de no inclinar el sentido del voto hacia ninguna de las formaciones en liza (ni por acción ni por omisión).

Consecuentemente, la preferencia racional informada, bajo la normativa vigente —y que, con una adecuada difusión del mecanismo que desencadena el voto en blanco, desembocaría en un cierto grado de acción colectiva— no sería otra que el voto nulo o sumarse a las filas de la abstención.


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Sábado, 27 de Diciembre 2014
Artículo leído 1539 veces




Comentarios:

1.Publicado por vanlop el 27/12/2014 10:52
¿Acaso ibamos a esperar otra cosa?

Ellos hacen las leyes y eso del voto en blanco es algo que no pueden permitir. Si en una legislatura apreciera un solo escaño vacío, a la siguiente serían 20 y a la siguiente más de la mitad. Y eso les echa abajo el chiringuito.

Es un artículo que con la sentencia del TC y los comentarios, se llena de tecnicismos y el ciudadano se pierde, que es de lo que se trata. Y por supuesto, hecho de forma que esos votos en blanco supongan una mejora de la casta.

¿Debemos recurrir a la abstención o el VN? Yo creo que no, son conceptos distintos. La abstención, aunque sea del 70 % se justifica con el clima. Si hace sol, porque la gente se ha ido al campo y si hace frío o llueve, porque la gente se ha quedado en sus casas. Y el voto nulo es el voto de los tontos que echan dos papeletas o que tachan nombres.

Para compensar las trampas de la casta hay partidos que se presentan con el compromiso de dejar el escaño vacío. Les votamos a ellos y el efecto es el mismo, pero ya la casta no se aprovecha de nuestro voto. Se contabilizan como votos a partidos minoritarios.

Desgraciadamente la casta siempre irá por delante, al fin y al cabo es su trabajo. Pero nosotros también podemos hacer cosas.

2.Publicado por JCP el 27/12/2014 12:33
Quien "mete la mano" y vota participa. Es fácil.

3.Publicado por Ramonet el 27/12/2014 12:33
Francamente, encuentro un insulto a la inteligencia que al profesor universitario no se le ocurra que los votos en blanco deberían verse representados en escaños vacíos de obtener suficientes votos.
De ser así, España hubiera enviado a Bruselas 49 ó 50 eurodiputados, en lugar de los 52 que siempre se reparten las formaciones ganadoras, sea cual sea la confianza del electorado en sus políticos.
Un legítimo y democrático toque de atención para que sus Señorías comiencen ha hacer bien su trabajo y representar a sus electores en vez de sus correspondientes partidos.
Este es el único camino de evitar que los electores que no confían en ninguna candidatura se vean, elección tras elección, huérfanos de representación en los Parlamentos, sin tergiversaciones.

Pretender quitarle la vigente validez al voto en blanco por si se produce la muy excepcional circunstancia de influir negativamente en el acceso parlamentario a una tercera formación, sería un gravísimo paso atrás en la evolución de la democracia.
Al fin y al cabo, lo que ocurre con los votos en blanco es exactamente lo mismo que pasa con los votos a esas terceras formaciones que no alcanzan a pasar el "corte" de la artificial y arbitraria barrera electoral del 3 ó 5% de los votos válidos: se los reparten proporcionalmente entre todos los ganadores.

El voto en blanco se merece su validez, por ser una expresión inequívoca que seguramente mejoraría sus resultados con una papeleta en blanco en procesos electorales, o con su correspondiente casilla en consultas y referéndums.

Por último, no comparemos el voto en blanco con el nulo ni con la abstención, que carecen de lo más básico: expresar inequívocamente la voluntad del electorado.

4.Publicado por SALVADOR el 29/12/2014 11:42
La Ley española estafa a los que votan en blanco , a los que votan con la nariz tapada , a los que votan con el corazon en la mano,etc, la ley española estafa a todos menos a los que NO VOTAN.

5.Publicado por SALVADOR el 29/12/2014 11:45
Abstencion activa, no legitimes la corrupcion

6.Publicado por Juan Jesús Mora Molina el 06/01/2015 16:36
Estimados amigos,
No suelo participar cuando se habla de mí. Sólo transmitiros que con la actual legislación y su interpretación jurisprudencial , no podemos ir más allá. Cuando el voto en blanco sea computable , hablaremos de otra cosa. No mezclemos dos niveles de discurso: el técnico y el de las propuestas de posible lege ferenda. Una cosa es el ordenamiento jurídico vigente y otra su injusticia o inconveniencia. No confundir las mejoras necesarias con el estudio dogmático. No tienen nada que ver. Feliz 2015 para todos.

7.Publicado por Juan Manuel Leiva el 18/05/2015 06:01
El voto en blanco se registra como válido pero en realidad no es válido.
Un voto es válido cuando se acepta, interpreta y aplica la voluntad democrática de elección de un ciudadano. No es válido por que se registre simplemente, sino por que se respeta la decisión del voto, esa es su única validez.
Esto es como si prestas dinero a alguien, no se lo das, pero se lo anotas como que se lo das, Así de disparatado e incongruente es considerar un voto válido, cuando simplemente se ha anotado como válido.

8.Publicado por Juan Manuel Leiva el 18/05/2015 06:56
La ley electoral no dice qué significa el voto en blanco, aunque todo el mundo entiende que el voto en blanco es un voto de disconformidad con la propuesta política y que ese ciudadano no desea ser representado por nadie. Pero esa interpretación, evidentemente, debe recogerla la Ley electoral, para que la mesa electoral pueda interpretar esa voluntad, mientras tanto es nulo. No tiene validez.

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Este blog no es una plataforma de promoción del Voto en Blanco, sino un medio de castigo al mal gobierno y a la política antidemocrática que utiliza el termino “Voto en Blanco” por lo que conlleva de protesta y castigo al poder inicuo.

El voto en blanco es una bofetada democrática a los poderes políticos ineptos y expresa la protesta ciudadana en las urnas cuando padece gobiernos insoportables, injustos y corruptos. Es un gesto democrático de rechazo a los políticos, partidos y programas, no al sistema. Conscientes del riesgo que representaría un voto en blanco masivo, los gestores de las actuales democracias no lo valoran, ni lo contabilizan, ni le otorgan plasmación alguna en las estructuras del poder. El voto en blanco es una censura casi inútil que sólo podemos realizar en las escasas ocasiones que se abren las urnas. Esta bitácora abraza dos objetivos principales: Valorar el peso del voto en blanco en las democracias avanzadas y permitir a los ciudadanos libres ejercer el derecho a la bofetada democrática de manera permanente, a través de la difusión de información, opinión y análisis.




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